miércoles, 13 de mayo de 2009

Prescripción por enfermería

Al parecer el proyecto que capacita a enfermería a prescribir ciertos fármacos sigue adelante, a pesar de la oposición de una parte de la opinión médica y del cambio de ministro. Personalmente, siempre he pensado que si un farmacéutico o un mancebo de farmacia, puede prescribir o indicar ciertos fármacos – aunque muchas veces no estuvieran capacitados para ello, en base a su formación-, y el mismo paciente es capaz de obtener fármacos sin receta médica automedicandose, lo lógico es regular algo todo este tinglado dando poder a quien está más próximo al médico, como es la enfermera. Algo así, ya lleva tiempo regulado en otros países.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Como aclaración:
1-Un mancebo (de una oficina de farmacia) no puede indicar ningún medicamento, si hay mancebos que lo hacen es fuera de sus competencias y de la legalidad.
2-Un farmacéutico puede dispensar medicamentos, dar consejo farmacéutico, hacer seguimiento farmacoterapéutico personalizado (atención farmacéutica) y, en determinados ámbitos como el hospitalario, validar tratamientos farmacológicos.
3-Un farmacéutico, al igual que el médico, es un licenciado universitario. También hay farmacéuticos que pueden tener una especialidad sanitaria (FIR), como los médicos.
4-Los enfermeros son diplomados universitarios.
5-La dispensación de medicamentos catalogados como "de dispensación con receta" sin receta es ilegal y penalizable.
6-EL FARMACÉUTICO EN NINGÚN CASO PUEDE PRESCRIBIR.
De cosecha propia: creo que la capacitación para gestionar determinados aspectos de la farmacoterapia de los pacientes depende de la formación, conocimientos, habilidades y experiencia clínica de cada profesional sanitario, y no de su "proximidad" al médico.
Pediría un poco más de propiedad al hablar de estas cosas. Gracias.

Mateu Seguí Díaz dijo...

Gracias por tus puntualizaciones. Soy consciente que no es lo mismo indicar, prescribir o dispensar. Pero, independientemente de la semántica y de la formación de cada profesional sanitario queda claro que debe regularse de alguna manera lo que percibimos todos como una realidad. Establecer los límites y las competencias es pues fundamental. Que enfermería pueda dispensar algun tipo de fármacos es algo a regular cuando estas tienen dentro sus compentencias las "consultas de enfermería" de crónicos, y en muchos lugares realizan labor de filtro en patologías menores..y dentro su práctica ya aconsejan sobre medicamentos; en fín, gracias por tus aclaraciones.
saludos
mateu

Anónimo dijo...

Gracias Mateu por tu contestación, pero vuelves a incurrir en un error: el proyecto de ley no va en la línea de que los enfermeros puedan "dispensar", sino de que puedan "prescribir". Serán pues los médicos -y no los farmacéuticos- lo que cedan parte de sus competencias a enfermería.
Yo estoy en contra de que los enfermeros puedan prescribir, me parece que para eso antes debe haber un diagnóstico y una indicación para el médicamento, y eso sólo lo puede hacer un médico.
Soy farmacéutica y de que puedan dispensar, ni hablar!!!
Saludos.